La Corte emite sentencia ambigua sobre construcción de presa de minera Grupo México (Sonora)

La Corte resolvió a favor del amparo interpuesto por los integrantes de la comunidad de Bacánuchi por no haber sido consultados sobre la construcción de una presa. Sin embargo, los alcances de la sentencia no son claros.

PODER

Andrea Vega/ ANIMAL POLÍTICO

La sentencia final de la Suprema Corte de Justicia (SCJN) sobre el amparo que presentó la comunidad de Bacánuchi, en Sonora, por la construcción de una presa de la minera Grupo México es ambigua, pues no queda claro su alcance, aunque ordena que se informe sobre los impactos de la obra y también da oportunidad a los pobladores para que den a conocer sus preocupaciones y sugerencias.

La comunidad se amparó porque no fue consultada acerca de la construcción de una presa de jales, donde se almacenarán desechos sólidos y líquidos, de la minera Buenavista del Cobre, de Grupo México, en la misma zona donde hace cuatros años se derramaron 40 millones de litros de sulfato de cobre acidulado.

Luis Miguel Cano, el abogado de la organización PODER que lleva el caso en representación de los pobladores, señaló, en entrevista con Animal Político, que aunque la sentencia es un precedente importante respecto a reconocer la participación de las comunidades no indígenas en temas medioambientales, no queda claro el alcance de la consulta ni si quedará sin efecto la autorización ya emitida para el proyecto.

Semarnat autorizó, sin informar a las comunidades, la construcción de una presa de Grupo México de 65 hectáreas que reuniría 80 mil veces más desechos tóxicos que los derramados hace cuatro años.

El 5 de septiembre pasado, cuatro de cinco ministros de la Segunda Sala de la SCJN se pronunciaron a favor de conceder el recurso legal a los pobladores, pero quedó pendiente conocer los términos de la sentencia final. Son justos estos los que se emitieron este miércoles.

En ellos se ordena a las autoridades responsables que organicen una reunión pública de información en la que se explique a la comunidad quejosa los aspectos técnicos ambientales que se tomaron en cuenta para la construcción de la obra, los posibles impactos que se podrían ocasionar por su operación, con base en las experiencias previas que este tipo de obras han tenido, y las medidas de prevención y, en su caso, las medidas de mitigación que serán implementadas.

La sentencia también advierte que deberá darse oportunidad a la población para manifestar sus preocupaciones y posibles sugerencias, que deberán ser escuchadas por las autoridades y tomadas en cuenta en las medidas de prevención que se lleven a cabo. Posteriormente, las autoridades deberán usar todos los medios a su alcance con el fin de evitar que la obra cause daños significativos al ambiente.

Cano afirma que la sentencia resulta ambigua puesto que no especifica detalles como la forma en la que se llevara? a cabo la consulta en la comunidad, los tiempos de su realización y la manera en que la Semarnat deberá tomar en cuenta las aportaciones de la comunidad. El abogado señala que preocupa sobre todo que en el contenido de la sentencia no se precisa si la autorización para la obra queda o no sin efecto.

“Celebramos el precedente de la Corte, es magnífico que haya reconocido el derecho de participación en asuntos medioambientales, pero vemos con preocupación los efectos de la sentencia, si estos son solo hacer una consulta entre la población para que de inmediato expresen sus preocupaciones y sugerencias y ver cómo las toma en cuenta la autoridad, pero no invalida la autorización que le dio a la minera para hacer el proyecto ni queda suspendido, entonces para qué consultar, eso sería más bien una simulación”, afirma Cano.

Ante los efectos ordenados por la SCJN, la comunidad de Baca?nuchi presentó hoy una solicitud para aclarar la sentencia, tanto al Juzgado de Sonora, como ante la Segunda Sala de la Corte.

“Esta acción es fundamental a fin de precisar esos temas clave. Tenemos buena fe en que se va a aclarar la resolución y en que se va a precisar que esa autorización está invalidada, como sucedió en los casos de los permisos de soja transgénica”, señala el abogado.

https://www.animalpolitico.com/2018/10/corte-sentencia-minera-grupo-mexico-sonora/