En 16 años, suman 686 feminicidios en Morelos: CIDH

El Informador

Con el crimen violento de una mujer en el municipio de Cuautla, el martes, la cifra de feminicidios incrementó a 686 contados a partir del año 2000, informó la Comisión Independiente de Derechos Humanos (CIDH).

Los homicidios de mujeres cobran un nivel de preocupación porque desde hace seis meses ocho municipios del estado tienen activada la Alerta de Violencia de Género, dijo José Martínez Cruz, representante de la organización civil en Morelos.

En lo que va del año se cuentan 11 crímenes violentos de mujeres lo que, en opinión del activista, refleja la falta de operación de la recién inaugurada Unidad de Atención a Mujeres Víctimas de Delito, porque no se han creado módulos de atención inmediata a mujeres en situación de riesgo en los municipios que comprende la declaratoria de la alerta.

Además, citó Martínez Cruz, su funcionamiento no contempla la asistencia multidisciplinaria con abogadas, psicólogas, médicas, trabajadoras sociales y elementos de seguridad, así como el protocolo de actuación de los servidores públicos encargados de brindar los servicios correspondientes.

El seguimiento realizado por la CIDH precisa que el rango de edad de las mujeres asesinadas durante la alerta fluctúa entre los cuatro y los 85 años. “Se hizo un análisis más fino y se observó que el mayor porcentaje (excluyendo la categoría de sin especificar) se encuentra entre los 21 y 30 años, con un 18.91%, seguida de un 13.51% entre 31 y 40 años. Cabe destacar que la tendencia que se muestra en la gráfica, representa que se han incrementado los feminicidios en mujeres de 41 a 50 años y de 81 a 90”, expuso la organización civil.

El pronunciamiento de la CIDH fue emitido luego de que el martes fue encontrado el cadáver de una mujer en el municipio de Cuautla. El cuerpo estaba desnudo, cubierto por cartones y calzaba zapatos de tacón alto.

La CIDH reconoció un avance significativo en la Iniciativa de Decreto por el que se reforman diversas disposiciones en materia de violencia contra las mujeres y perspectiva de género, que presentó el gobernador con carácter de preferente ante el Congreso Local en septiembre de 2015.

Sin embargo, la organización observó que no se tomó en cuenta la contradicción existente entre el Código Penal en su artículo 129, que establece que no se debe sancionar a quien culposamente pudiese haber ocasionado homicidio culposo a su esposa, mientras que la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia señala en su artículo 19 que la violencia feminicida es la forma extrema de violencia contra las mujeres, producto de la violación de derechos humanos, en los ámbitos público y privado conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden culminar en homicidio y otras formas violentas de mujeres.

Hasta ahora, afirma la CIDH, sólo se ha hecho, de manera puntual y aislada patrullajes preventivos, difusión de información sobre líneas de apoyo a víctimas de violencia, y el contenido de la Alerta de Violencia de Genero de manera general.

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