Edomex deberá emitir disculpa pública por su tardía atención a feminicidios

Paula María García Villegas Sánchez Cordero, jueza Segunda de Distrito en Materia Administrativa del Distrito Federal, emitió una sentencia el pasado 25 de noviembre donde determinó amparar a la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos A.C. (CMDPDH) debido al retardo injustificado en la emisión de la Alerta de Violencia de Género para el Estado de México.

La Jueza reconoció la grave problemática que han enfrentado las mujeres del Estado de México en materia de violencia de género, así mismo enfatizó que de haberse accionado la declaratoria de forma oportuna se hubiera podido evitar múltiples casos de feminicidio en dicha entidad.

En diciembre de 2010, la CMDPDH y el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (ONCF) presentaron ante el Sistema Nacional de Prevención Atención Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres (en adelante, Sistema) una solicitud de Declaratoria de Alerta de Género para el Estado de México. En dicha solicitud se destacó las altas cifras de homicidios con características feminicidas cometidas en dicha entidad (922 casos en el periodo de 2005 a 2010).

Desde entonces, la lucha legal por conseguir la Alerta de Género no ha terminado. Fue apenas el pasado 31 de julio de 2015, el Sistema emitió la Declaratoria de procedencia respecto a la solicitud de alerta de violencia de género contra las mujeres de once municipios del Estado de México: cuatro años y medio después de la solicitud.

Ahora, la jueza advirtió que las autoridades del Estado de México muestran una clara resistencia a que se conozcan las cifras reales y confiables sobre el número de mujeres víctimas de homicidio en el Estado de México, dañando la credibilidad de las autoridades y mostrando una alta intolerancia a la crítica pública.

Con esta resolución, la Jueza de Amparo determinó que el retardo injustificado en la emisión de la declaratoria de alerta constituyó una violación a los derechos fundamentales de los derechos de las mujeres del Estado de México, y ordenó la reparación integral por las autoridades responsables.

Por ello, determinó los siguientes puntos repertorios:

1. Emitir una disculpa pública por el retraso en la atención del tema de la Declaratoria de Alerta de Género en el Estado de México.

2. Comprometerse por escrito con la parte quejosa y ante la fe de un fedatario público a no volver a retrasar ni a minimizar el aumento en el índice de homicidios en contra de las mujeres. Es decir, el Estado Mexicano se debe comprometer a no volver a justificar que se tratan de ataques políticos en contra del gobierno las solicitudes de Alerta de Género. En ese sentido, las autoridades competentes en la procuración de justicia (que en el caso concreto es la Procuraduría General de Justicia del Estado de México) deberán:

1. Contar con datos y estadísticas confiables que se harán públicas en la página oficial electrónica de las dependencias públicas de procuración de justicia para que se puedan ir viendo los avancen en la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia en contra de la mujer, asimismo, deberán darle seguimiento a los homicidios perpetrados en contra de las mujeres, para determinar cuáles fueron feminicidios y realizar las estadísticas correspondientes y publicarlas.

2. Se deberá realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad en la memoria de las mujeres que han sido asesinadas en el Estado de México y, sobre todo, hacer un compromiso con la sociedad en el sentido de hacer cumplir en todas y cada de sus partes la declaratoria de mérito.

www.diariodemexico.com.mx/edomex-debera-emitir-disculpa-publica-tardia-atencion-feminicidios/