Se avizora el levantamiento de la huelga de la UAZ
El Sol de Zacatecas
14 de marzo de 2015
Haydeé Santillán
Zacatecas, Zacatecas.- La tarde de ayer viernes fueron reanudadas las mesas de negociación entre el Sindicato del Personal Académico de la Universidad Autónoma de Zacatecas (SPAUAZ), el Rector Armando Silva Cháirez y el Secretario General de Gobierno Jaime Santoyo, en donde se dio un nuevo ofrecimiento por parte de rectoría.
Documento en el cual se efectúan nuevos ofrecimientos correspondientes a la situación se Seguridad en el Empleo, punto que continuaba como un cabo suelto dentro de las negociaciones, según lo expresaban los docentes, esto debido a la falta de definición y acuerdos.
Se efectuó el ofrecimiento de un equivalente de dos mil 800 horas semana mes frente a grupo, lo que correspondería a un total de 70 plazas, mismas que serían asignadas de acuerdo a los lineamientos que marque la comisión mixta de admisión adscripción y promoción, teniendo como fecha límite el 30 de abril del año en curso para emisión de la convocatoria correspondiente.
En el tema de seguridad social correspondiente al 2015, el ofrecimientocontinua siendo el mismo con respecto a mesas de negociación anteriores, lo que corresponde a una anticipación de partidas del subsidio estar como garantía por una cantidad de 7 millones de pesos de manera mensual, mismas que serían depositadas los días 17 de cada mes y en el caso de enero, febrero y marzo, seria al siguiente día hábil de conjugarse la huelga.
Así mismo el recurso seria depositado a una cuenta, cuyo uso seria exclusivo de la seguridad social de los académicos universitarios.
En el tema de los salarios caídos, correspondientes a dos quincenas, se efectuaron los pagos de los mismos al siguiente día ser levantamiento de la huelga, así como el retroactivo correspondiente al aumento salarial, de un 3.8 por ciento.
A continuación se anexa el documento de manera íntegra que emitió la rectoría como propuesta final para el conjuramento de la huelga:
Mediante el presente escrito y con el objeto de concluir definitivamente el conflicto que tiene paralizadas las actividades de la Universidad Autónoma de Zacatecas “Francisco García Salinas” me permito hacer las siguientes manifestaciones:
ANTECEDENTES:
Siempre he respetado y respeto el ejercicio de los derechos laborales, colectivos e individuales que el Sindicato y/o sus agremiados han ejercitado.
La actitud que en mi carácter de Rector he asumido durante la pre huelga como en la huelga, obedece fundamentalmente a la crítica situación financiera que desde hace muchos años viene padeciendo nuestra Institución, haciendo imposible que en la mesas de negociación se satisfagan las peticiones que viene sosteniendo el Sindicato, lo que se resume específicamente en la falta de suficiencia presupuestal.
Como es de su conocimiento para cubrir los compromisos del año en curso se requiere la cantidad aproximada de $543,000,000.00 (quinientos cuarenta y tres millones de pesos, m.n.). De lo anterior tiene conocimiento tanto el Gobierno Estatal como el Federal, asimismo se solicitó el apoyo correspondiente.
No omito mencionarle que la situación se torna más complicada si tomamos en cuenta que para este año el subsidio estatal se reduce en $7,000,000.00 (Siete millones de pesos, cero centavos, m.n.) que adelantará mensualmente el Gobierno del Estado para garantizar el pago de la seguridad social.
Le he informado, que respecto a la Seguridad Social (ISSSTE, SAR, FOVISSSTE), el adeudo aproximado es de $1,067,509,366.30 (Mil sesenta y siete millones, quinientos nueve mil, trescientos sesenta y seis, pesos, treinta centavos m.n.), que se han venido acumulando, el SAR desde el año de 1993, ISSSTE y Fovissste del año 2005 a la fecha. Debo resaltar, que de acuerdo a lo que nos informó en una de las mesas el secretario general de gobierno, la perspectiva es que se celebre un convenio de pago a veinte años, lo que significa que debemos reunir anualmente la cantidad aproximada de $240,000,000.00 (doscientos cuarenta millones de pesos, m.n.) que incluye lo que se genera en el presente y el pago del adeudo histórico.
En la administración que encabezo, se han reducido los gastos de operación hasta en un 40%, destinando el 60% a salario y prestaciones.
Actualmente tenemos 693 Tiempos Completos, 158 Medios Tiempos y 26,907 h.s.m., que no tienen reconocimiento en el Convenio de Apoyo Financiero y por lo tanto no se recibe recurso para el salario y prestaciones ni para la seguridad social, lo que ha dificultado el cumplimiento a los compromisos establecidos en los Contrato Colectivo de Trabajo.
Ante estas circunstancias, he realizado gestiones permanentemente ante las autoridades competentes de los dos niveles de gobierno (Federal y Estatal), en las que he sido atendido puntualmente y la Institución ha recibido apoyos financieros que han permitido resolver parcialmente las obligaciones derivan de los contratos colectivos de trabajo, priorizando salario y prestaciones.
MEDIDAS PREVENTIVAS:
A partir de la fecha los contratos de telefonía celular de los funcionarios se cancelarán conforme su vencimiento.
Se retiran de circulación para poner a la venta conforme precio de mercado los vehículos automotrices a cargo de la administración central, dejando los estrictamente necesarios para la función institucional, respetando los procesos legales correspondientes.
Se reduce en un 10% el salario y prestaciones de los funcionarios de la administración central, le informo también que al inicio de esta administración se redujeron en un 5%.
Se harán los trámites para dar por terminado el contrato de comodato de la Unidad Deportiva Norte del Municipio, procurando celebrar un convenio que permita a la comunidad universitaria hacer uso de las instalaciones que por gestión de la Universidad se construyeron o mejoraron.
Se analiza la posibilidad de retirar los equipos deportivos profesionales (básquet bol y fútbol de tercera y segunda división) de la liga en la que participan para vender las franquicias. O bien, al término de la temporada se dará por concluida la participación profesional. Por lo tanto, se privilegia la práctica y participación deportiva estudiantil universitaria.
Aplicación Bilateral de la Cláusula 48 del Contrato Colectivo de Trabajo UAZ-SPAUAZ.
Reducción del personal de confianza.
PROPUESTAS DEFINITIVAS PARA CONJURAR.
Con el objeto de que por el bien de la Universidad, de la comunidad estudiantil y de la sociedad zacatecana, se levante la huelga y regresen a las actividades académicas, se hacen de manera definitiva los ofrecimientos siguientes:
1. RESPECTO AL PROCESO DE SEGURIDAD EN EL EMPLEO:
De las plazas que se han mencionado como vacantes definitivas en la mesa anterior se ofrece cubrir 70 plazas (equivalentes a 2800 h.s.m.) frente a grupo que serán asignadas de acuerdo a los lineamientos que marquen la comisión mixta de admisión adscripción y promoción, tomando como fecha límite el 30 de Abril de 2015 para la emisión de las convocatorias correspondientes.
2. RESPECTO A SEGURIDAD SOCIAL, SE RATIFICA LA PROPUESTA:
El Gobierno del Estado con la finalidad de apoyar a la institución para garantizar el pago de la misma, está en condiciones de anticipar partidas del Subsidio Estatal por un importe de $ 7,000,000.00 (Siete millones de pesos 00/100 m.n.) mensuales, hasta en tanto se resuelva el apoyo económico para este concepto por el ejercicio 2015, como garantía de la Seguridad Social de los Trabajadores Académicos Universitarios, mismos que se depositarán en la cuenta 0219316815 de Banco Mercantil del Norte S.A. de C.V., con el compromiso de no mover ese recurso a un fin ajeno al de la Seguridad Social, los depósitos de enero, febrero y marzo se harán el día hábil siguiente al del conjuramento de la Huelga, y lo correspondiente a los meses restantes se harán los días 17 de cada mes, una vez que el recurso sea radicado a la Universidad, informando en tiempo y forma de los depósitos realizados, mediante entrega de los estados de cuenta correspondientes.
3. SALARIOS CAÍDOS.
Se pagarán al día siguiente del levantamiento de la huelga, así como el retroactivo correspondiente al incremento salarial.
4. PRESTACIONES Y ADEUDOS ECONÓMICOS.
A. Tal como se ofreció durante las pláticas sostenidas en el periodo de pre huelga, a la fecha se han cumplido totalmente los compromisos económicos que de acuerdo al contrato colectivo de trabajo UAZ-SPAUAZ, corresponden a sus agremiados, consistentes en: días adicionales, bono de revisión contractual, prima pos jubilatoria y prima de antigüedad del mes de enero de 2015. Es decir, a la fecha la Universidad ha cumplido con el cien por ciento del salario y prestaciones en favor de los académicos.
B. Para la realización del festival del día diez de mayo, para el personal académico que tiene condición de madre, se ofrece para el 2015 una cantidad total de $450,000.00 (Cuatrocientos cincuenta mil pesos cero centavos, m.n.).
C. Apoyo a carteras sindicales.- Para el apoyo a las carteras sindicales de Deportes, Culturales, Prensa y Propaganda (previsto en la cláusula 83, fracción II, del Contrato Colectivo UAZ-SPAUAZ), la Universidad se obliga a pagar la cantidad de $400,000.00 (Cuatrocientos mil pesos, cero centavos m.n.) el día 30 de marzo de dos mil quince. Para el adecuado funcionamiento de las carteras sindicales la cantidad de $75,000.00 (Setenta y cinco mil pesos, cero centavos, m.n.) mensuales, durante el presente año, que se aplicarán conforme lo determine el Comité Ejecutivo del SPAUAZ y que hacen un total de $900,000.00 (Novecientos mil pesos, cero centavos m.n.).
D. Para el festejo del día del maestro, la Universidad se obliga a otorgar al SPAUAZ, la cantidad de $800,000.00 (Ochocientos mil pesos, cero centavos m.n.) a más tardar el día catorce de abril de dos mil quince.
E. Seguro de vida y accidentes.- En cuanto a este seguro, se mantiene la suma asegurada de $250,000.00 (Doscientos cincuenta mil pesos, cero centavos, moneda nacional) por muerte natural, y de $500,000.00 (Quinientos mil pesos cero centavos m.n.), por muerte accidental.
F. Del incremento salarial.- Para el año dos mil quince, la Universidad se obliga a pagar un incremento salarial del 3.4% directo al salario y del 1.1% a prestaciones no ligadas al salario, respecto de los salarios tabulares vigentes en el mes de diciembre próximo pasado. El incremento salarial respectivo será retroactivo al primero de enero de dos mil quince. Y se pagará el quince de marzo de dos mil quince.
G. La Universidad, haciendo un esfuerzo extraordinario, con la finalidad de que los académicos se vean apoyados para que aunque sea medianamente hagan frente a la crisis económica que sufrimos, se ofrece pagar por única ocasión, en la primera quincena de julio de dos mil quince, un bono equivalente a catorce días de salario tabular.
H. En relación a los adeudos por concepto de servicio médico complementario, la Universidad realizó el pago de la cantidad de $300,000.00 (Trescientos mil pesos, cero centavos m.n.), el día 13 de febrero del año en curso.
I. La Universidad pagó el día 16 de febrero del año en curso, la cantidad de $2’004,401.00 (Dos millones, cuatro mil cuatrocientos un pesos cero centavos m.n.) por concepto de abono a los adeudos que mantiene con la Fundación para mejorar la vida de los docentes de UAZ e iguala del ahorro, del Sindicato del Personal Académico de la Universidad Autónoma de Zacatecas.
J. Para el apoyo académico al SPAUAZ, de lo adeudado en dos mil catorce al mes de enero de dos mil quince, la Institución emplazada se obliga a pagar la cantidad de $310,000.00 (Trescientos diez mil pesos, cero centavos, m.n.), el día 17 de marzo de dos mil quince.
K. Iguala de cuota sindical.- Por este concepto, la Universidad pagó la cantidad de $500,00.00 (Quinientos mil pesos, cero centavos, m.n.), el día 13 de febrero de dos mil quince.
L. Igualmente, la Universidad pagará la cantidad de $681,774.09 (Seiscientos ochenta y un mil, setecientos setenta y cuatro pesos, nueve centavos m.n.), el 17 de marzo de dos mil quince.
M. Apoyo Comité Ejecutivo SPAUAZ.- En relación a este concepto, la Universidad se obliga a pagar al SPAUAZ, la cantidad de $250,000.00 (Doscientos cincuenta mil pesos, cero centavos m.n.), el día 17 de marzo de dos mil quince.
N. Por concepto de adeudo por arrendamiento del inmueble Insurgentes, la Universidad pagó al Sindicato la cantidad de $78,000.00 (Setenta y ocho mil pesos, cero centavos, m.n.), el día 13 de febrero de dos mil quince.
O. Por concepto de primas pos jubilatorias de los trabajadores académicos, señala que el trece de febrero pasado, se realizó un pago por la cantidad de $400,000.00 (Cuatrocientos mil pesos, cero centavos, m.n.) y se compromete a realizar otro pago por la misma cantidad de $400,000.00 (Cuatrocientos mil pesos, cero centavos m.n.), el 17 de marzo de dos mil quince.
P. Por concepto de bono de exclusividad complementario, la Rectoría manifiesta que el día 13 de febrero del año en curso, realizó el pago de $40,000.00 (Cuarenta mil pesos, cero centavos, m.n.).
Q. Diferencias en la gratificación por jubilación. Por tal concepto, la emplazada realizará un pago por la cantidad de $1’333,333.00 (Un millón, trescientos treinta y tres mil, trescientos treinta y tres pesos, cero centavos, m.n.) para el día 17 de marzo de dos mil quince.
R. La Universidad aportará la cantidad de $250,000.00 (Doscientos Cincuenta mil Pesos, cero, centavos, m.n.) para la impresión del Contrato Colectivo de Trabajo, en cuanto el Sindicato realice el trámite en la Tesorería de la Universidad.
S. En cuanto a la amortización de créditos hipotecarios, la Universidad cubrió el día 13 de febrero del año en curso, ante las instituciones correspondientes, la cantidad de $1’997,282.54 (Un millón, novecientos noventa y siete mil, doscientos ochenta y dos pesos, cincuenta y cuatro centavos, m.n.).
T. Indemnización por defunción.- En cuanto a tal prestación, prevista en la fracción IX, de la cláusula 41 del Contrato Colectivo de Trabajo UAZ-SPAUAZ, la Universidad se obliga a pagar durante el presente año, cuatro pagos (uno cada tres meses) de $1’500,000.00 (un millón quinientos mil pesos, cero centavos m.n.) cada uno de ellos, pagaderos el primero el quince de marzo de dos mil quince y los restantes los días último de los meses de mayo, agosto y noviembre, de dos mil quince.
U. Respecto de los adeudos por esta prestación, del año dos mil catorce, la Rectoría realizará un pago de $1’500,000.00 (Un millón quinientos mil pesos, cero centavos m.n.), para el día 17 de marzo de 2015 y otro pago por una cantidad igual el día 16 de abril del año 2015.
V. Gratificación por jubilación.- Respecto de esta prestación, prevista en la cláusula 41 fracciones X y XI, (vigésima sexta y vigésima séptima transitoria) del Contrato Colectivo de Trabajo UAZ-SPAUAZ, la emplazada se obliga a realizar cuatro pagos parciales durante el año dos mil quince, (una cada tres meses), señalando para su pago los días 15 de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre, de dos mil quince, por el monto de $6’000,000.00 (Seis millones de pesos, cero centavos m.n.) cada una de ellas.
W. Por el mismo concepto, pero respecto de adeudos de dos mil catorce, se realizará un pago de $6,000, 000.00 (seis millones de pesos, cero centavos m.n.) el día 17 de marzo de 2015 (pago que debió realizarse en septiembre de dos mil catorce) y otro pago por un monto igual, el día 17 abril de dos mil quince (pago que debió realizarse en diciembre de dos mil catorce).
X. Con relación a la cláusula 80 del Contrato Colectivo de Trabajo UAZ-SPAUAZ, sobre las descargas para realizar estudios de posgrado, la Universidad se compromete a autorizar una descarga al personal académico, equivalente a lo que tenga contratado como base, previa autorización del Consejo Académico de Unidad y que sea aceptado e inscrito en un programa de posgrado considerado en el padrón de excelencia del PNPC y que corresponda al perfil del programa académico en el que tiene su carga de trabajo.
Y. Cuando sus estudios los realice en un posgrado que no está dentro del PNPC y cumpla con los requisitos del párrafo anterior, se apoyará con el 50% de su inscripción, colegiaturas y obtención de grado. Se pagará el 17 de marzo del presente año a quienes cumplan con los requisitos correspondientes. En ambos casos, deberá suscribirse un convenio entre el miembro del personal académico y la institución.
Z. Cuando el personal académico obtenga el grado a más tardar en el mes de julio del dos mil quince, la Universidad otorgará un apoyo económico por única ocasión, que consistirá en reconocer en forma retroactiva al primero de enero del presente año, el nivel que le correspondería al momento de la obtención del posgrado. Igual se aplicará para los trabajadores académicos que adquieran el posgrado a más tardar el día último del mes de diciembre del presente año, sólo que el retroactivo para los efectos precitados, será el primero de agosto de dos mil quince.